El criterio de clasificación de los Planes de Pensiones vendrá determinado por la vocación inversora del Fondo en que se integre el Plan.
En función de su vocación inversora, los Fondos de Pensiones se incluyen en las siguientes categorías:
RENTA FIJA A CORTO PLAZO
No incluye activos de renta variable en su cartera de contado, ni derivados cuyo subyacente no sea de renta fija.
La duración media de la cartera será inferior o igual a 1 año.
RENTA FIJA A LARGO PLAZO
No incluye activos de renta variable en su cartera de contado, ni derivados cuyo subyacente no sea de renta fija.
La duración media de la cartera será superior a 1 año.
RENTA FIJA MIXTA
Menos del 30% de la cartera en activos de renta variable.
RENTA VARIABLE MIXTA
Entre el 30% y el 75% de la cartera en activos de renta variable.
RENTA VARIABLE
Más del 75% de la cartera en activos de renta variable.
GARANTIZADOS
Planes para los que exista garantía externa de un determinado rendimiento, otorgada por un tercero.