La normativa regula los traspasos de participaciones entre Fondos o, en su caso, entre compartimentos de un mismo Fondo.
Los trámites y plazos se resumen en el siguiente cuadro, donde se identifica la sociedad de destino, con la Sociedad Gestora o de Inversión de destino y la sociedad de origen con la Sociedad Gestora, comercializadora o de Inversión de origen. La solicitud de traspaso puede presentarse adicionalmente en la sociedad comercializadora de destino, debiendo ésta trasladarla inmediatamente a la Sociedad Gestora o de Inversión de destino
El partícipe será responsable de la custodia de la información financiera y fiscal del traspaso así como de su comunicación, en su caso, a la Sociedad Gestora o comercializadora de destino.
El procedimiento general de traspasos se puede aplicar a los reembolsos de participaciones representativas de Fondos. Sin embargo, por sus especificidades, dicho procedimiento general no resultará de aplicación a los Fondos de Inversión cotizados.