Atendiendo a sus inversiones, pueden existir IIC de carácter financiero e IIC de carácter no financiero.
Las IIC de carácter financiero son aquéllas que tienen por objeto la inversión en activos e instrumentos financieros, pudiendo diferenciarse con carácter general los siguientes tipos:
- Fondo de Inversión (FI): patrimonios separados sin personalidad jurídica.
- Sociedad de Inversión de Capital Variable (SICAV): sociedades anónimas, cuyo capital social es susceptible de aumentar o disminuir dentro de los límites del capital máximo o mínimo fijados en sus estatutos, mediante la venta o adquisición por la Sociedad de sus propias acciones, sin necesidad de acuerdo de la Junta General.
- IIC de Inversión Libre (IICIL) o Hedge Funds: tienen amplia flexibilidad inversora y se destinan a inversores que, por su mayor experiencia o formación financiera, precisan menor protección.
- IIC de IIC Inversión Libre (IICIICIL) o IIC de Hedge Funds: invierten al menos el 60% de su patrimonio en IICIL, sin poder concentrar más del 10% del patrimonio en una única IICIL, y pueden acceder a ellos pequeños inversores.
- IIC principal y subordinada:
La IIC subordinada debe invertir, al menos, el 85% de su patrimonio en otra IIC, que se denomina IIC principal.
La IIC principal será aquélla que: a) Tenga entre sus partícipes o accionistas al menos una IIC subordinada. b) No sea una IIC subordinada. c) No posea acciones ni participaciones en una IIC subordinada.
La creación de estructuras principal-subordinado puede ser transfronteriza a nivel europeo y su regulación abarca múltiples aspectos.
- IIC que invierten mayoritariamente en otras IIC.
- IIC, cuyo objeto es desarrollar una política de inversión que replique, reproduzca o tome como referencia un índice. Su objetivo es replicar, reproducir o tomar como referencia un índice bursátil o de renta fija que sea representativo de uno o varios mercados, o de valores negociados en ellos. Tanto el índice como los mercados han de reunir ciertas condiciones.
Dentro de las IIC que tienen por objetivo reproducir un índice, se encuentran los Fondos de Inversión cotizados o Exchange Traded Funds (ETF) y las SICAV índice cotizadas, cuyas participaciones o acciones están admitidas a negociación en Bolsas de Valores.
Las IIC de carácter no financiero son aquellas que tienen por objeto la inversión en activos e instrumentos no financieros. Pueden ser:
- IIC Inmobiliarias: tienen por objeto principal la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para su arrendamiento. En función de su forma jurídica, pueden ser Fondos de Inversión Inmobiliaria (FII) o Sociedades de Inversión Inmobiliaria (SII).
- Otras IIC no financieras: aunque a la fecha de elaboración de este documento no existan aún, la ley de IIC permite la creación de IIC no financieras distintas de las inmobiliarias, que quedarían sujetas a dicha Ley y a las disposiciones especiales que se aprueben.